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Viernes, 27 febrero 2026
Argentina
27 de febrero de 2026
SANTA CRUZ

La Justicia Federal anuló la resolución que habilitaba el ingreso de carne con hueso

El juez Claudio Vázquez declaró la nulidad de la Resolución 460/2025 de SENASA en la provincia y frenó la flexibilización de la barrera sanitaria para proteger el estatus patagónico libre de aftosa sin vacunación

La Justicia Federal anuló la resolución que habilitaba el ingreso de carne con hueso
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En un fallo de fuerte impacto para la actividad ganadera patagónica, el juez federal de Río Gallegos, Claudio Marcelo Vázquez, declaró la nulidad de la Resolución 460/2025 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) en su aplicación a la provincia de Santa Cruz.

La medida judicial, firmada el 26 de febrero, hizo lugar a la acción de amparo presentada por la Federación de Instituciones Agropecuarias de Santa Cruz (FIAS) y dejó sin efecto la autorización que permitía el ingreso de carne con hueso y otros productos provenientes de zonas libres de fiebre aftosa con vacunación hacia la región patagónica libre sin vacunación. El fallo aclara que la resolución mantiene vigencia en el resto del país, pero no podrá aplicarse en territorio santacruceño.

En su sentencia, el magistrado fundamentó la decisión en el principio precautorio previsto en la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) y en el artículo 41 de la Constitución Nacional. Señaló que, aunque el propio SENASA calificó el riesgo epidemiológico como “insignificante” o “muy bajo”, no lo consideró inexistente, y advirtió que cualquier modificación de un régimen sanitario consolidado debe estar respaldada por beneficios concretos y debidamente acreditados.

El juez entendió que no quedó demostrado en el expediente cuál sería la ventaja sanitaria específica para la Patagonia que justificara asumir un eventual riesgo, aunque mínimo, de reintroducción de fiebre aftosa. En ese sentido, ponderó el valor estratégico del estatus de zona libre de fiebre aftosa sin vacunación, reconocimiento internacional que permite a la región acceder a mercados altamente exigentes y sostener su competitividad exportadora.

El fallo subraya que este estatus no es una categoría meramente administrativa, sino el resultado de décadas de vigilancia epidemiológica, controles estrictos y políticas sanitarias sostenidas. También destaca la importancia económica y cultural de la ganadería en Santa Cruz, que concentra una porción significativa del stock ovino nacional.

Además, la sentencia invoca el artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional, que obliga a promover el desarrollo armónico de las regiones, y señala que las decisiones de alcance nacional deben contemplar el impacto diferencial sobre economías regionales como la patagónica.

En cuanto al alcance, la resolución judicial tiene efectos exclusivamente en Santa Cruz, convirtiéndola en la primera provincia de la Patagonia en obtener un fallo favorable frente a la Resolución 460/2025. En otras jurisdicciones, como Tierra del Fuego y Río Negro, también se promovieron acciones similares, aunque sin decisiones definitivas en el mismo sentido.

Desde la FIAS celebraron el pronunciamiento como un respaldo institucional a la defensa del estatus sanitario “libre sin vacunación” y a la preservación del perfil productivo regional. Con esta decisión, la barrera sanitaria continúa vigente en Santa Cruz y queda suspendida la posibilidad de ingresar carne con hueso desde zonas con vacunación, al menos hasta que exista una resolución judicial firme o una eventual revisión normativa.
 

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