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Lunes, 23 marzo 2026
Argentina
23 de marzo de 2026
AUDIENCIA PUBLICA

Ley de Glaciares: la Justicia desestimó el pedido de organizaciones socioambientales

El juez Enrique Regueira dio la razón a las autoridades de la Cámara de Diputados y rechazó una medida cautelar interpuesta para garantizar la presencialidad de las más de 70 mil personas que se anotaron para exponer en la audiencia pública donde se discutirán los cambios en la ley

Ley de Glaciares: la Justicia desestimó el pedido de organizaciones socioambientales
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La Justicia Federal rechazó una medida cautelar interpuesta por organizaciones socioambientales y no gubernamentales que habían solicitado que en la audiencia pública que se realizará para discutir las modificaciones a la Ley de Glaciares, pudieran exponer todas las personas que se anotaron, ante la Cámara de Diputados. 

El conflicto se suscitó porque la cifra de inscriptos supera las 70 mil personas, motivo por el cual las autoridades de las comisiones de Asuntos Constitucionales Nicolás Mayoraz, y de Recursos Naturales, José Peluc, solicitaron limitar las intervenciones a los primeros inscriptos de cada provincia.

Ahora, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 5, a cargo de Enrique Regueira, resolvió rechazar la presentación judicial. En los fundamentos, el magistrado sostuvo que la parte demandante no logró demostrar con la evidencia necesaria la verosimilitud del derecho invocado para suspender un acto de naturaleza parlamentaria. 

El escrito había sido impulsado por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Red Universitaria por la Crisis Climática (RUCC), el Centro de Estudios de Políticas Ambientales (CEPA), la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas y la Fundación Greenpeace Argentina. El mismo recayó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 7, a cargo de Enrique Lavié Pico que este viernes rechazó la petición.

El fallo de Regueira resalta que los actos de las autoridades constituidas gozan de una presunción de validez que exige un análisis riguroso antes de dictar medidas precautorias. Según la resolución judicial, la prueba presentada no reveló vicios manifiestos que permitieran calificar la conducta de la Cámara de Diputados como arbitraria o irrazonable. 

El esquema dispuesto por el Congreso establece que quienes no hagan uso de la palabra de forma presencial podrán enviar sus ponencias por escrito o adjuntando videos al canal de YouTube oficial de la HCDN. Pero para las organizaciones ambientalistas, esa restricción vulneraba los estándares de participación pública ambiental.

Mayoraz celebró el fallo en sus redes sociales, donde escribió: “"¡¡LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS POR LA LEY DE GLACIARES SON ILEGÍTIMAS!!". Eso es lo que te hacen creer un grupo minúsculo de ONGs y CHARLATANES DE FERIA que intentaron BOICOTEAR este proceso trascendental de participación ciudadana".

 

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