11 de julio de 2025
INVERSION
Qué dice la nueva Ley de beneficios fiscales para sociedades radicadas en Chubut
La norma, publicada en el Boletín Oficial, exime del pago del impuesto de sellos para nuevas empresas y aumentos de capital. También condona deudas previas bajo ciertas condiciones. Los detalles

El gobierno del Chubut oficializó la entrada en vigencia de la Ley XXIV N°116, que establece beneficios fiscales para sociedades con domicilio legal en la provincia, con el objetivo de incentivar la formalización de nuevas empresas y fortalecer el capital de las ya existentes. La normativa fue sancionada el 19 de junio por la Legislatura y promulgada el 7 de julio por el gobernador Ignacio Torres, siendo publicada esta semana en el Boletín Oficial.
Según el texto legal, las sociedades que se constituyan o aumenten su capital en los próximos doce meses estarán exentas del pago del impuesto de sellos, siempre que registren la operación ante la Inspección General de Justicia (IGJ) provincial. A su vez, se condonan los pagos adeudados por actos similares realizados en los dos años anteriores, incluidos intereses y multas, también bajo la condición de registración.
El régimen tiene como condición central que las sociedades beneficiadas mantengan su domicilio legal en la provincia por al menos 60 meses. Si trasladan su sede fuera de Chubut antes de ese plazo, perderán automáticamente todos los beneficios y deberán saldar las obligaciones fiscales con intereses, incluso mediante vía de apremio.
La norma establece plazos y requisitos documentales estrictos para acceder a los beneficios. Las sociedades deben acreditar la naturaleza de los aportes de capital y presentarlos ante la IGJ dentro de los 180 días posteriores a su constitución o a la publicación de la ley, según el caso. En situaciones justificadas, esos plazos podrán extenderse por otros 90 días.
El acogimiento a este régimen implica el reconocimiento expreso de deuda, la renuncia a iniciar recursos judiciales y administrativos y el reinicio del cómputo del plazo de prescripción. Además, la Agencia de Recaudación de Chubut podrá suspender procesos fiscales en trámite si se verifican los requisitos de la ley.
La medida no alcanza a los agentes de retención que no hayan ingresado los tributos en tiempo y forma, ni a las deudas regularizadas por otros medios como planes de pago. El Poder Ejecutivo tiene 180 días para dictar la reglamentación complementaria de la ley, mientras que la IGJ y la Agencia de Recaudación deberán controlar su cumplimiento.
El texto fue firmado por el presidente de la Legislatura, Gustavo Menna, y la secretaria legislativa María Ligia Morell, y refrendado por el gobernador Ignacio Torres y el ministro Victoriano Eraso Parodi. Según destacaron, la ley se enmarca en la política oficial de impulsar inversiones, radicación de empresas y dinamización del aparato productivo provincial, sin renunciar al control fiscal ni a la formalización jurídica de las operaciones.